martes, 21 de junio de 2011

Consideraciones sobre la ley electoral en España (X)

Cerraremos (siempre provisionalmente) estas consideraciones sobre la ley electoral volviendo a un debate que ya avancé en una de las primeras entradas: las consecuencias para la garantía de un voto libre de que los partidos dispongan de nuestros datos del censo y del uso que hacen de ellos.

Hay al menos dos noticias que nos hablan de algunas consecuencias de este tema, resultantes de las últimas elecciones:

La introducción de votos que incluían propaganda electoral del partido (caso curioso el de Gerona)

Denuncias de fraude en Melilla

Queda claro que una reforma obligatoria y urgente de la ley electoral es la que prohiba radicalmente que los partidos políticos elaboren sus propias papeletas y que también prohiba el subsiguiente envío de papeletas a las casas de los ciudadanos. Que todo el procedimiento del voto se ejerza obligatoriamente en la mesa electoral, incluyendo por supuesto la elección de la papeleta de voto. Y que, por supuesto, el único que pueda elaborar papeletas sea el Estado.

Pero queda pendiente la pregunta: ¿por qué tienen que tener los partidos nuestros datos del censo? Aquí hay respuestas a favor o en contra. A favor está el control que los partidos pueden hacer a través de sus interventores de que el procedimiento electoral se produce con limpieza. Puede haber así más garantías de que todos los ciudadanos están efectivamente incluidos en el censo electoral y de que el día de la votación el proceso se desarrolla con limpieza (garantía añadida a la limpieza que se le supone a la mesa electoral constituida).

Pero en contra están los usos negativos que se pueden hacer. Uno de ellos es que utilizan esos datos para enviarnos propaganda y papeletas, cosa que, por cierto, sólo pueden hacer los partidos que tienen recursos para ello (y a los que, además, se les garantiza la devolución de los costes, ahondando en la desigualdad entre candidaturas). Caso más extremo aún es la venta ilegal de nuestros datos a compañías privadas, algo bastante difícil de comprobar a pesar de la legislación existente sobre protección de datos personales. Y lo más interesante: con los datos del censo los partidos saben exactamente, con nombres y apellidos, quién vota y quién no, pues los interventores anotan en sus copias del censo, que luego devuelven al partido, cada una de las personas que van votando. Esto, sin duda, es una información muy preciada pero que va en contra de las libertades más básicas y que tiene mucho riesgo de que, de ello, se haga un uso fraudulento (pensemos, por ejemplo, en los pequeños municipios donde "todos se conocen").

En fin, creo que es necesaria una reforma en este sentido que limite de manera clarísima si los partidos pueden o no disponer del censo y qué únicos usos pueden hacer de él. Y, por supuesto, introducir los mecanismos de control necesarios para su aplicación.

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